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Polémica sobre un caso célebre DOS INTERPRETACIONES DE LA MISMA HISTORIA II DE LA TIERRA CALIENTE AL FRÍO ALTIPLANO "No hay argumentos suficientes para descartar
una retractación de Morelos", afirma Carlos Herrejón Peredo en su
obra Los Procesos de Morelos, editada en 1985 por el
Colegio de Michoacán, financiada por el Gobierno de Michoacán a cargo
de Cuauhtémoc Cárdenas Solórzano y subsidiada por la Secretaría de
Educación Pública cuyo titular era Miguel González Avelar. Argumentos, los hay de sobra. Pero antes de
exponerlos, conviene hacer un sucinto registro de los hechos. Al conocer
el virrey Félix Ma. Calleja el parte militar en el que se le informó
la fortuita aprehensión de Morelos, ocurrida el 5 de noviembre de 1815
en Temalaca -un olvidado pueblo a la orilla del Balsas-, ordenó que se
difundiera de inmediato la sorprendente e increíble noticia en un número
especial y extraordinario de la Gaceta de México, órgano
oficial del gobierno colonial. |
En seguida, tanto él como el arzobispo de México
Pedro de Fonte se dedicaron a resolver los problemas de su sujeción a
proceso y posterior ejecución. De inmediato se presentaron las primeras
dudas, no en cuanto al destino del prisionero -que era la muerte-, sino
al lugar, tiempo y modo de su ejecución. El virrey creyó que bastaba
someter al detenido a juicio sumario ante consejo de guerra, con base en
el Bando virreinal de 25 de junio de 1812, y ejecutarlo sobre la marcha
en el lugar mismo en que había sido capturado. El arzobispo, por su
parte -doctor en Derecho- impuso su opinión, fundada en las leyes españolas
y en los precedentes judiciales, de que debía ser trasladado a la
capital del reino de la Nueva España para ser juzgado solemnemente por
un tribunal especial, mixto, formado por las máximas autoridades de la
Iglesia y el Estado. Para desahogar el proceso ante este tribunal
llamado Jurisdicción Unida fue necesario traer a Morelos de la Tierra
Caliente -en que abundaban las guerrillas insurgentes- a la ciudad de México.
El recorrido tuvo que hacerse lentamente, durante una semana, y con
grandes precauciones. Su llegada a la ciudad de México se estimó
altamente peligrosa por creerse que, si alguien la advertía, el pueblo
se levantaría "para liberar a su humillado héroe", al decir
del arzobispo. Consecuentemente, el arribo de las tropas coloniales a la
capital "del reino" -custodiando al importante prisionero-,
debía ocurrir el 22 de noviembre de 1815, no de día sino de noche:
"después de las doce de la noche", conforme a las órdenes
del virrey. Y en efecto, no llegaron a la gran ciudad como soldados
vencedores, en medio de las aclamaciones de la multitud, el repique de
las campanas y el tronar de los cañones, sino como criminales, a altas
horas de la noche y en secreto. Para resguardar a Morelos durante el
juicio sumario de la Jurisdicción Unida -que se llevaría a cabo a
puerta cerrada- se le alojó en las cárceles secretas de la Inquisición,
en el calabozo número uno. Pocas horas después, a las once de la mañana de
ese mismo día, que fue miércoles, se inició la instrucción ante los
jueces instructores, comisionados por la Iglesia y el Estado. Los jueces
de sentencia serían el arzobispo y el virrey en persona. Las
diligencias concluyeron al día siguiente, a las doce horas en punto. En
este tribunal se le acusó de haber fundado un nuevo Estado nacional y
recurrido a las armas para alcanzar su independencia, o sea, en la
terminología jurídica española de la época, de haber cometido el
delito de "alta traición" y "crímenes enormes y
atroces", figuras sancionadas con la pena de muerte. En este
tribunal expresó su intención de ir a España para "pedir el perdón
del rey..." El jueves 23 de noviembre, apenas concluido el
juicio anterior, el tribunal del Santo Oficio le abrió causa para
juzgarlo por sus ideas filosóficas y políticas y condenarlo como
"hereje". En este juicio "se negó" a defender el Decreto
Constitucional para la Libertad de la América Mexicana promulgado
en Apatzingán el 22 de octubre de 1814, fruto jurídico de la
independencia y alma de la nación insurrecta, y reconoció, además,
"los errores" que contiene. El viernes 24, mientras el cautivo estaba sujeto al
proceso inquisitorial, el Tribunal Eclesiástico -parte de la Jurisdicción
Unida- dictó sentencia de degradación, la cual no le sería notificada
sino hasta el lunes siguiente. Dos días después, domingo 26, el
tribunal del Santo Oficio concluyó sus actuaciones y también dictó
sentencia, en la que condenó al cautivo como "hereje". Ese
mismo día, por cierto, la Jurisdicción Unida volvió a constituirse -a
pesar de haber dictado sentencia su parte eclesiástica- para hacer
declarar a Morelos sobre asuntos exclusivamente militares, entre ellos,
cuál era el territorio dominado por las tropas del nuevo Estado
nacional; cómo estaba organizado el ejército popular insurgente que lo
salvaguardaba, y qué relaciones tenía el gobierno mexicano con otros
países del mundo, especialmente con los Estados Unidos. En esta
diligencia, el declarante "reveló" los nombres de los
principales jefes del ejército popular de liberación nacional. Al día siguiente, lunes 27 de noviembre, a las
ocho y media de la mañana, se "verificaron", es decir, se
cumplimentaron las dos sentencias dictadas por ambos tribunales -el
Eclesiástico y el del Santo Oficio- en la capilla del Palacio de Santo
Domingo, ante un reducido grupo de notables. Primero, en una solemne e
impresionante ceremonia, la inquisición realizó un auto de fe para
declararlo "hereje", y luego, la Iglesia lo "degradó"
de su condición de presbítero. Esa misma noche, "después de las doce",
el reo degradado y declarado hereje fue sacado de las cárceles secretas
de la Inquisición y llevado al cuartel del Real Parque de Artillería,
en La Ciudadela, que se convirtió en su nueva cárcel. Del martes 28 de
noviembre al sábado 2 de diciembre se le hizo comparecer ante un
tribunal militar, es decir, del Estado. Técnica y jurídicamente, dicho
órgano castrense era una prolongación de la Jurisdicción Unida, la
parte eclesiástica excluida. El tribunal militar fue formado por el virrey a fin
de que el detenido diera a conocer su participación en la guerra de
independencia, desde que tomó las armas hasta que fue capturado;
revelara los nombres de sus partidarios ocultos en las ciudades bajo el
dominio colonial; expusiera el estado actual de las fuerzas nacionales;
formulara un plan de pacificación, y confesara en qué lugares ocultó
el enorme botín acumulado a lo largo de sus exitosas campañas. En este
tribunal, en el que ya no hubo acusaciones ni defensas sino sólo
preguntas y respuestas, Morelos expuso el estado en que se encontraban
las fuerzas nacionales y ofreció formular un "plan de pacificación"
en provecho del gobierno español. Del 2 al 19 de diciembre ya no se practicó ninguna
actuación judicial. A pesar de ello, dícese que produjo tres
controvertidos documentos extrajudiciales los días 10, 11 y el 12 de
diciembre. En uno de ellos hace una relación de lugares en los que los
suyos depositaron metales desechados e inservibles, a los que algunos
historiadores quieren dar valor estratégico. En otro, "se
arrepiente" de haber participado en la guerra y "pide perdón"
a sus enemigos, del rey abajo. Y en el último, exhorta a sus compañeros
de armas a "abandonar la causa y volver a la paz de sus
hogares". Como se ve, en los tres tribunales -Jurisdicción
Unida, Santo Oficio y militar- y aún fuera de ellos, hay numerosas
referencias a las supuestas debilidades del héroe. En el primer
tribunal, aparece su intención de ir a España "a pedir perdón al
rey". En el segundo, "reconoce los errores" que se le señalan
sobre la Constitución de Apatzingán y "abjura" de ellos. En
el tercero, formula un "plan de pacificación". Fuera de los procesos, está la supuesta la carta
confidencial suscrita por él y dirigida al virrey sobre los metales que
sus compañeros arrojaron a la basura y los lugares en que existían
minas de donde era posible extraer dichos metales. A lo anterior se
agregan -como lo consignó el virrey en su sentencia- sus "vagas e
indeterminadas ofertas" para disuadir a los suyos de que abandonen
las armas. Y al final está su "retractación" y su
"petición de perdón", por una parte, y por la otra, su
exhorto formal a sus compañeros de que renuncien a la independencia;
documentos publicados en la prensa colonial a los cuatro días de su
ejecución. Luego entonces, las actas de los procesos y los
documentos extrajudiciales citados parecen dar la razón a la tesis
sustentada por el investigador Herrejón Peredo en su obra editada por
el Colegio de Michoacán en 1985, financiada por el Gobierno de Michoacán
a cargo en ese entonces de Cuauhtémoc Cárdenas y subsidiada por la
Secretaría de Educación Pública cuyo titular era Miguel González
Avelar. Sin embargo...
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